Crédito Covid-19 microempresas PYME ¿cuáles son las condiciones?

¿Sabes cómo opera el Crédito Covid-19? Te invitamos a conocer esta alternativa para sacar adelante tu negocio.

¿Sabes cómo opera el Crédito Covid-19? Así, si bien todas las empresas pueden ser evaluadas para optar a este tipo de financiamiento, no todas ellas van a ser, finalmente, beneficiarias.


Ante el panorama financiero del país, ya ralentizado debido a la crisis social y que fue empeorado a causa de la actual emergencia sanitaria, es que el pasado 24 de abril se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.229 que aumenta el capital del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios (FOGAPE), posibilitando que Bancos e instituciones financieras puedan conceder créditos con aval del estado. Resulta didáctico en este punto el artículo publicado por la Cámara Chilena de la Construcción.


¿A quiénes está dirigido este beneficio?

Tal como se ha señalado, se trata de un beneficio orientado a salvaguardar la productividad del país, la que descansa, principalmente, en manos de pequeñas y medianas empresas. Es así como Empresas y personas naturales con inicio de actividades productivas, que cumplan con los requisitos básicos exigidos por el Banco o entidad financiera que otorgará el crédito y cuyas ventas anuales no superen Un millón de UF. Se debe hacer presente que este tipo de financiamiento incluye una garantía estatal, la cual se variable según las ventas anuales de las empresas, siendo la siguiente:

  • Empresas con ventas de hasta 25.000 UF anuales, el estado garantizará un 85% del crédito. Empresas con ventas mayores de 25.000 UF e inferiores de 100.000 UF anuales, el estado garantizará un 80% del crédito.
  • Empresas con ventas mayores de 100.000 UF e inferiores de 600.000 UF anuales, el estado garantizará un 70% del crédito.
  • Empresas con ventas mayores de 600.000 UF e inferiores de 1.000.000 UF anuales, el estado garantizará un 60% del crédito.

Los bancos ofrecerán esta línea de crédito de forma masiva, expedita y estandarizada. Es importante considerar que el Estado no garantizará el total de los créditos, por lo que será necesario que las empresas que opten a ellos sean capaces de demostrar condiciones que hagan viable el otorgamiento de este financiamiento, en términos simples, que puedan ser “sujetos de crédito”.

¿De cuánto será el monto del crédito?

Podrá llegar hasta el equivalente al promedio de 3 meses de ventas de la empresa en un período normal.

¿Cuáles serán las condiciones de este financiamiento?

  • Se otorgará a los beneficiarios un periodo de gracia de 6 meses y el pago se distribuirá en cuotas por un periodo de entre 24 a 48 meses.
  • Tasa de interés real en torno al 0%, siguiendo el anuncio de parte del Gobierno.

¿Qué beneficios financieros adicionales complementarán ésta medida?

Para aquéllas empresas que opten al financiamiento especial que ha sido indicado, se adiciona el beneficio de postergar el pago de las cuotas de sus restantes créditos vigentes por, a lo menos, 6 meses, lo que viene en ayudar a que el crédito contratado con garantía estatal, efectivamente, se transforme en un capital de trabajo para las empresas y no en una mera herramienta para amortizar crédito pre existentes.

¿Cómo puedo acceder al financiamiento del Crédito?

Debes tomar contactar con tu banco y solicitar este financiamiento, lo puedes hacer en forma presencial o a través, de las páginas web u otros canales de atención, de la entidad financiera.

¿Una empresa puede acceder al crédito, si se encuentra en estado morosidad?

Estos créditos no serán otorgados a empresas con ventas anuales netas inferiores a 25.000 UF, que se hayan encontrado en situación de mora superior a 30 días en el sistema bancario al 31 de octubre de 2019, ni a empresas con ventas anuales netas entre 25.000 UF y 1.000.000 UF que se hayan encontrado en situación de mora superior a 30 días en el sistema bancario al 31 de marzo de 2020.

Dicha restricción no será aplicable cuando las empresas hayan pagada sus obligaciones morosas al momento de solicitar el financiamiento de las líneas con garantía estatal que estamos tratando.

Tampoco podrá ser otorgado este beneficio a las empresas que se encuentren en un proceso concursal de liquidación o en un acuerdo de reestructuración judicial, o que se encuentren con clasificación individual de riesgo dentro de las carteras de sus respectivos acreedores, cuando estén clasificadas como cartera deteriorada


*¿Qué entidades entregan el crédito?

Bancos y entidades financieras.


¿Calificas para este crédito?, ¿Qué documentos necesitas para postular? te podemos asesorar y entregar recomendaciones en IRC Abogados.

* Fuentes: Fogape, ABIF

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